Energías renovables

¿Qué podemos resaltar del Real Decreto 23/2020?

5 julio, 2020
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Recientemente se ha publicado el Real Decreto 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

Como ya se había anunciado por parte del Gobierno, las Energías Renovables, van a tener un papel fundamental en la recuperación de la crisis actual originada por el Covid-19, fomentando el crecimiento y la estabilidad en el sector y siendo las energías renovables fundamentales, tanto en la generación de nuevos puestos de trabajo, como en la transición energética y conservación del medio ambiente.

El Real Decreto publicado recientemente, tiene como finalidad poder cumplir con los objetivos, del PNIEC 2021-2030, donde se fija que el 42 % de la energía consumida en España, sea de origen renovable, en el 2030. Además de poder cumplir con los hitos intermedios fijados, para el 2022, de tener un 24 %, y en el 2025 tener un 30 %, de la energía consumida sea de origen renovables.

Podemos resaltar que, dicho Real Decreto, tiene como objetivo agilizar los trámites y burocracia, podemos diferenciar cuatro partes fundamentales en el mismo:

  1. Regulación de acceso y conexión, regulación de un nuevo mecanismo de subasta para dotar a las renovables de estabilidad.
  2. Impulsar nuevos negocios, fundamentales en los próximos años, por ejemplo, el almacenamiento y la hibridación.
  3.  Fomentar la eficiencia energética.
  4. Impulsar la actividad económica y el empleo en respuesta a la crisis del COVID-19.

Os adjuntamos el link de la publicación del Real Decreto 23/2020, donde se prevén años de optimismo y seguridad en el sector, ya que dicho decreto facilita; la tramitación, el acceso de conexión, el almacenamiento y fomenta nuevos modelos de negocio de las energías, renovales.

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  • Reply
    Marta Diaz
    17 julio, 2020 at 11:26 am

    ¿Es una mejora de tramites o es realmente un impulso a las renovables?

  • Reply
    Lorenzo Ortega Lisón
    20 julio, 2020 at 10:23 am

    Buenos días, Marta, es conocido que el período de la tramitación o promoción de los Parques Eólicos, para obtener los permisos de construcción de una instalación de este tipo era de 5 años y desde que se ha formalizado el sistema de subasta, se tenía que esperar a la subasta, para poder adjudicarse los derechos definitivos, y por tanto poder desarrollar la instalación. En el caso de la Energía Solar Fotovoltaica, estábamos con un proceso parecido, pero algo más ágil que la tramitación de la energía eólica.

    Por lo tanto, si se simplifica y se define con claridad el procedimiento de tramitación, indirectamente estás fomentando las energías renovables, porque reduces tiempos y evitas mucha inversión de las empresas promotoras, con la finalidad de tramitar dichas instalaciones, además en el decreto se adquiere el compromiso de tener nuevos decretos de subastas, es decir si se realizan nuevas subastas, los promotores se adjudicaran potencias que tendrán que ser desarrolladas sino quieren perder los avales depositados, al iniciar la tramitación.

    Por otro lado si leemos el prólogo, deja claro que el decreto ha sido diseñado para cumplir los objetivos del PNIEC 2021-2030, donde existe un compromiso que en el 2030 el 42 % de la energía consumida en España debe ser de origen renovable, desde luego si se cumple este objetivo el impulso de las renovables será importante, el objetivo anterior era que en el 2020 el 20 % de la energía tuviera origen renovables, es decir una década se duplicará la energía producida por las energías renovables.

    Podemos finalizar indicando que mejora la tramitación e impulsa las energías renovables.

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